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Petición "Ecomedicinas y salud publica"
(8329 Firmantes)
Petición dirigida a la Comisión Europea Los abajo firmantes de la presente petición:
- recuerdan que el Parlamento Europeo, en su Resolución A4-0075, de 29 de mayo de 1997, pidió a la Comisión Europea que iniciara un proceso de reconocimiento de las medicinas no convencionales, y que aprobara una directiva en materia de complementos alimentarios;
- advierten que esta demanda sólo fue satisfecha en relación con los complementos alimentarios (Directiva 2002/46) y en ningún caso con las medicinas no convencionales;
- señalan que la Organización Mundial de la Salud, desde el año 2005, recomienda que se tomen en consideración los conocimientos y las practicas de salud heredados de diferentes tradiciones, entre otras en las políticas de salud de los países considerados desarrollados;
- advierten que las instituciones comunitarias han adoptado programas que pretenden luchar contra la obesidad y las enfermedades crónicas, y que las medicinas no convencionales constituyen un medio útil para luchar contra esta plaga, tanto en el ámbito preventivo como en el curativo;
- destacan la popularidad creciente de muchos enfoques terapéuticos no convencionales en toda la Unión Europea;
- observan la manifiesta disparidad de estatuto entre los practicantes, médicos o no, de medicinas no convencionales, que sin embargo ejercen ampliamente en la totalidad de los Estados miembros de la Unión Europea.
Por consiguiente, los abajo firmantes piden a la Comisión Europea que tome las iniciativas legislativas oportunas en favor de un reconocimiento legal de las disciplinas médicas no convencionales. En efecto, la heterogeneidad actual constituye un obstáculo a la libre circulación y la libertad de establecimiento de los practicantes, así como una negación del derecho de los ciudadanos europeos a elegir el practicante o la terapia apropiados, lo que va en contra del concepto de protección de la salud que consagra el artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. |
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